APROBACION DE MODIFICACION Y AMPLIACION DE CONTRATO DE CONCESION DE OBRA PUBLICA ENTRE LA DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE Y GRALADO S.A. Y SU RESPECTIVO CRONOGRAMA Y ESTIMATIVO DE COSTOS




Promulgación: 29/08/2023
Publicación: 05/09/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el documento de Modificación y Ampliación de Contrato suscrito el 29 de marzo de 2023, entre la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la firma GRALADO S.A.;

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo, de 20 de julio de 1990, se adjudicó a la firma GRALADO S.A. la Licitación Pública N° 32/89 convocada por la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para el proyecto, construcción, explotación y mantenimiento de la Terminal de Ómnibus de Transporte para líneas internacionales y nacionales de corta, media, larga distancia y de turismo;

   II) que con fecha 11 de julio de 1991 ambas partes suscribieron el correspondiente Contrato, por un período de 20 (veinte) años a partir de la habilitación total de las obras en régimen de Concesión de Obra Pública al amparo de lo establecido en el Decreto - Ley N° 15.637, de 28 de setiembre de 1984, plazo que posteriormente quedara definido en 30 (treinta) años a partir del 16 de noviembre de 1994, venciendo el plazo de la concesión de la Terminal Tres Cruces el 16 de noviembre de 2024;

   III) que en lo que respecta al Centro Comercial cuenta con un Contrato de Usufructo celebrado retroactivamente el 31 de diciembre de 1991, por un plazo de 50 (cincuenta) años, venciendo el mismo el 31 de diciembre de 2041;

   IV) que por el documento de Modificación y Ampliación de Contrato suscrito el 29 de marzo de 2023, entre la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la firma GRALADO S.A., las partes acuerdan que el plazo de la explotación y mantenimiento de la Terminal de Ómnibus de Transporte para líneas internacionales y nacionales de corta, media, larga distancia y de turismo de Tres Cruces, quedará prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2041, fecha en la cual la empresa GRALADO S.A. deberá entregar al Estado - Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Terminal y el Centro Comercial, muebles e inmuebles en buen estado de conservación y correctas condiciones de uso y funcionamiento, con todas sus construcciones y mejoras;

   V) que tanto la Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional de Transporte como el Área Servicios Jurídicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas se pronunciaron favorablemente;

   VI) que el Tribunal de Cuentas por Resolución N° 1361/2023, de 24 de mayo de 2023, ha tomado la intervención previa que le compete;

   CONSIDERANDO: que se entiende conveniente y oportuno proceder al dictado de resolución aprobando el documento citado en el Visto de la presente Resolución;

   ATENTO: a lo establecido por el Decreto - Ley N° 15.637, de 28 de setiembre de 1984, por el artículo 74 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 150/012, de 11 de mayo de 2012, y demás normas modificativas y concordantes, y a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase en todas sus partes la Modificación y Ampliación de Contrato suscrito el 29 de marzo de 2023,  entre la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la firma GRALADO S.A. y su respectivo cronograma y estimativo de costos que forman parte integrante del referido documento.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 222/023 de 
29/08/2023.

2

   Comuníquese, publíquese, y vuelva a la Dirección Nacional del Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos.

   LACALLE POU LUIS - JOSE LUIS FALERO
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