El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Determínase que los interesados dispondrán de un plazo máximo de cuatro meses, contado a partir de la notificación de la presente Resolución, para acreditar la realización del negocio definitivo, so pena de caducidad de la autorización conferida (artículo 21 de la Ley N° 20.383, de 16 de octubre de 2024).