ADJUDICACION DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION. 90.9 MHZ CXC 215. SALTO




Promulgación: 01/02/2012
Publicación: 23/02/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 183
VISTO: las actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC) da cuenta de la petición formulada por la
"Asociación Civil Impactos", permisionaria de la frecuencia 90.9 MHz CXC
215 de la ciudad de Salto, departamento de Salto, para que se le autorice
un aumento de potencia para operar la estación referida.

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 885/08 de 24 de
octubre de 2008, se autorizó la prestación del servicio de radiodifusión
comunitaria a la "Asociación Civil Impactos", en la frecuencia 90.9 MHz
CXC 215 de la ciudad de Salto, departamento de Salto, con una potencia
efectiva radiada de 0.03 Kw y una altura media de antena de 30 metros;

II) que la permisionaria, solicita se le autorice operar con una potencia
mayor a efectos de superar los inconvenientes causados por interferencias
perjudiciales que debe soportar.

CONSIDERANDO: I) que el aumento de potencia resulta beneficioso para los
intereses del país al coadyuvar una mayor protección al espectro
radioeléctrico nacional y mejorar la cobertura de la zona de influencia de
la emisora;

II) que los servicios técnicos de URSEC, han informado que no existen
inconvenientes de acceder al aumento solicitado dentro de los parámetros
dispuestos para ella;

III) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de
Comunicación Audiovisual desde el punto de vista técnico estableció
determinadas condiciones y expresó su conformidad a la autorización
solicitada.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley 18.232 de
22 de diciembre de 2007, los artículos 70 y siguientes de la Ley 17.296 de
21 de febrero de 2001, los Decretos 208/008 de 14 de abril de 2008 y
417/010 de 28 de diciembre de 2010, la Resolución del Poder Ejecutivo de 9
de junio de 2008 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de
Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 RESUELVE

1

 Autorízase a la "Asociación Civil Impactos", titular de la frecuencia
90.9 MHz CXC 215 de la ciudad de Salto, departamento de Salto, a operar
con una potencia efectiva radiada de 1 Kw y una altura media de antena de
75 metros.

2

 Otórgase a los autorizados un plazo de seis (6) meses a contar de la
notificación de la presente, para efectivizar el aumento de potencia
determinado. En caso de incumplimiento de dicho plazo, quedará sin efecto
la presente autorización.

3

 Comuníquese, publíquese, y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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