VISTO: lo dispuesto por los artículos 160 y 168 inciso 24 de la
Constitución de la República, que facultan al Poder Ejecutivo a delegar
las atribuciones que estime convenientes:
RESULTANDO: que en uso de esa facultad, se dictó la Resolución N° 1044/84
del 27 de noviembre de 1984, la cual delegó en el Ministro del Interior
las atribuciones del Poder Ejecutivo relativas a pases en situación de
retiro y al otorgamiento de jubilaciones y pensiones respecto de todas las
jerarquías del escalafón policial:
CONSIDERANDO: I) que según dispone el artículo 168 numeral 3 de la
Constitución de la República, el Poder Ejecutivo puede dar retiros y
arreglar las pensiones de los empleados civiles y militares conforme a las
leyes;
II) que resulta conveniente descongestionar la labor del Ministerio del
Interior, autorizando al Ministro del Interior la potestad de subdelegar
al Director Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial el
otorgamiento de pases a situación de retiro, jubilaciones y pensiones
respecto de todas las jerarquías del escalafón policial:
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los citados
artículos 160 y 168 numerales 3 y 24 de la Constitución de la República:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
Autorízase al Ministro del Interior a subdelegar en el Director Nacional
de Asistencia y Seguridad Social Policial, la potestad de disponer pases a
situación de retiro y otorgar jubilaciones y pensiones respecto de todas
las jerarquías del escalafón policial.
Las atribuciones que se autorizan a subdelegar se ejercerán con estricto
acatamiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias
correspondientes.
Sin perjuicio de lo establecido, el Poder Ejecutivo podrá avocar, las
atribuciones delegadas, como asimismo el Ministro del Interior someterlas
a consideración de aquél.
Los actos administrativos dictados en ejercicio de atribuciones
subdelegadas se reputan a los efectos de los recursos administrativos,
como dictados por el Poder Ejecutivo.