ADJUDICACION DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION COMUNITARIA. CANAL 232. FRECUENCIA 94.3 MHZ




Promulgación: 01/12/2021
Publicación: 08/12/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: lo dispuesto por la Ley N° 18.232, de 22 de diciembre de 2007, que crea el Servicio de Radiodifusión Comunitaria, previendo la asignación de frecuencias al Ministerio de Educación y Cultura para su uso compartido;

   RESULTANDO: que se promueve la solicitud del Liceo Rural de San Antonio, de la localidad de San Antonio del departamento de Salto, para prestar el servicio de radiodifusión comunitaria en la mencionada localidad;

   CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, existe coordinado con Argentina y disponible, el Canal 232, frecuencia 94.3 MHz, con un máximo de 1 Kw de Potencia Efectiva Radiada (PER) y 75 m de altura media de antena (HMA);

   II) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (DINATEL) emitió informe favorable;

   III) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, informa que no existen obstáculos jurídicos que impidan la asignación solicitada;

   ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 18.232, de 22 de diciembre de 2007, los artículos 70 y siguientes de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, con las modificaciones introducidas por los artículos 256 y siguientes de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Asígnase al Ministerio de Educación y Cultura, para el servicio de radiodifusión comunitaria, con la finalidad de ser utilizado en forma compartida, el Canal 232, frecuencia 94.3 MHz, con 1 Kw de potencia efectiva radiada (PER) y una altura media de antena (HAM) máxima de 75 metros, en la localidad de San Antonio del departamento de Salto.

2

   Comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Educación y Cultura.

   LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI
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