ACTUALIZACION DE MONTOS DE LAS TASAS DE CERTIFICACION MEDICA DE APTITUD DEPORTIVA




Promulgación: 25/01/1993
Publicación: 12/02/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: estas actuaciones provenientes de la Comisión Nacional de
Educación Física, Programa 005, Unidad Ejecutora 013 del Inciso 11
Ministerio de Educación y Cultura, por los cuales gestiona la
actualización de las tasas de Certificación Médica de Aptitud Deportiva;

    Resultando: I) que el artículo 2 de la Ley Nº 14.692 de 23 de agosto
de 1977, establece que cada año el Poder Ejecutivo actualizará las
diferentes tasas, "en la proporción en que haya variado el Valor de la
Unidad Reajustable",

 II) que el dinero recaudado por dicho concepto será destinado a gastos de
funcionamiento del Departamento Médico de la aludida institución;

    Considerando: que procede resolver en consecuencia;

    Atento: a lo expuesto, a lo informado por Contaduría Central del
Ministerio de Educación y Cultura y a lo dispuesto por la Ley Nº 14.692
de 23 de agosto de 1977;

                       El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

    Actualízase las tasas de Certificación Médica de Aptitud Deportiva de
la Comisión Nacional de Educación Física que se especifican:

a) Exámenes de alta especialización (automovilismo, motociclismo, karting
   pesca submarina, boxeo profesional, salvavidas, y árbitros deportivos)
  N$ 5.835 (nuevos pesos cinco mil ochocientos treinta y cinco);
b) Exámenes no comprendidos en el literal anterior N$ 4.167 (nuevos pesos
  cuatro mil ciento sesenta y siete);
c) Reexámenes N$ 1.667 (nuevos pesos mil seiscientos sesenta y siete). 

2

    Comuníquese a la Contaduría General de la Nación y Contaduría Central
del Ministerio de Educación y Cultura y pase a la Comisión Nacional de
Educación Física para su conocimiento y posterior trámite y archivo. 

LACALLE HERRERA - ANTONIO MERCADER - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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