Visto: lo dispuesto por la Ley Orgánica Policial según texto ordenado
por decreto 75/972, de 1º de febrero de 1972 y las resoluciones 1.094/969,
de 18 de setiembre de 1969, 519/973, de 28 de marzo de 1973 y 2.515/979,
de 31 de agosto de 1979, en materia de nombramientos, ascensos y
destituciones de funcionarios policiales.
Considerando: que es conveniente ampliar el régimen de delegación de
atribuciones a otros organismos del Instituto Policial.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Constitucional
3/976, de 1º de setiembre de 1976,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
Amplíase la resolución 1.094/969, de 18 de setiembre de 1969 (Numerales
1º y 2º, letra A) disponiéndose que las facultades delegadas serán
ejercidas asimismo por la Dirección Nacional de Policía Caminera,
Dirección Nacional de Identificación Civil, Dirección Nacional de
Migración, Dirección Nacional de Asistencia Social Policial, Intendencia
General de Policías, Escuela Nacional de Policía y Dirección Nacional de
Información e Inteligencia, para el ingreso, promoción y destitución de
los funcionarios policiales de su dependencia, dentro de los grados 1 a 5
inclusive.
APARICIO MENDEZ - MANUEL J. NUÑEZ - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA - HECTOR M. ARTUCIO - HECTOR P. RIVIERE - FRANCISCO D. TOURREILLES - CARLOS A. MAESO - LUIS NICOLETTI TORCHELO - JUAN C. CASSOU - FERNANDO BAYARDO BENGOA