Comuníquese a la Dirección General de Catastro Nacional, al Registro
General de Inhibiciones (Sección Reivindicaciones), a la Intendencia
Municipal de Montevideo (Dirección de Arquitectura, y del Plan Regulador),
al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, (Dirección de Arquitectura y
de Vialidad), al Ministerio de Educación y Cultura, a la Comisión del
Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación y a los
propietarios de los inmuebles mencionados.