DEJASE SIN EFECTO LA AUTORIZACION OTORGADA A COMUNICACION TELEVISIVA S.R.L., POR RESOLUCION 1.173/999, PARA SUMINISTRAR EL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS POR EL SISTEMA "CABLE", EN LA LOCALIDAD DE MERINOS, DEPARTAMENTO DE PAYSANDU




Promulgación: 02/12/2025
Publicación: 10/12/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: que COMUNICACIÓN TELEVISIVA S.R.L., comunica el cese en la prestación del servicio de televisión para abonados a partir del 31 de marzo de 2025;

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 1173/999, de 14 de diciembre de 1999, se autorizó a la citada sociedad a suministrar el servicio de televisión para abonados por el sistema "cable", en la localidad de Merinos del departamento de Paysandú;

   II) que de acuerdo a lo expresado por la empresa, cuenta con solo 10 abonados, debido a que los demás ya se han suscrito a otros operadores del servicio;

   CONSIDERANDO: I) que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), informa que en el caso no se configura perjuicio a los usuarios y consumidores en tanto se cuenta en la localidad con otros operadores del servicio de televisión para abonados;

   II) que de acuerdo a lo informado por el Área de Facturación de la URSEC, la empresa no mantiene deudas con la Reguladora;

   III) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, compartiendo lo informado por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, sugiere dejar sin efecto la autorización oportunamente conferida;

   ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 20.383, de 16 de octubre de 2024 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Déjase sin efecto la autorización otorgada a COMUNICACIÓN TELEVISIVA S.R.L., por Resolución del Poder Ejecutivo N° 1173/999, de 14 de diciembre de 1999, para suministrar el servicio de televisión para abonados por el sistema "cable", en la localidad de Merinos del departamento de Paysandú.

2

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos.

   YAMANDÚ ORSI - FERNANDA CARDONA
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