Declárase a dicho Proyecto y a la empresa titular comprendidos en los
beneficios y facilidades de las leyes 13.833, de 29 de diciembre de 1969 y
14.178, de marzo de 1974 y respecto de esta última, el amparo concedido lo
será según los términos y condiciones estatuidos en el decreto 210/978, de
12 de abril de 1978.