FIJACION DEL CAPITAL MINIMO AUTORIZADO PARA SOCIEDADES ANONIMAS Y SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA




Promulgación: 01/02/1989
Publicación: 15/02/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 120

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   Fíjase el monto del capital de las Sociedades de Responsabilidad
Limitada a partir del 1º de enero de 1989 entre un mínimo de N$ 504.000,
(nuevos pesos quinientos cuatro mil) y un máximo de N$ 20:032.000, (nuevos
pesos veinte millones treinta y dos mil) y el valor de la cuota social
mínima de estas Sociedades a partir de esa fecha en N$ 7.000 (nuevos pesos
siete mil).
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