Visto: los antecedentes elevados por la Comisión Asesora creada por el
decreto 3/983, de 5 de enero de 1983, que regula el sistema de devolución
de impuestos indirectos a las exportaciones.
Considerando: I) Que el artículo 1º del decreto mencionado establece que
las tasas de devolución de dichos impuestos por productos, serán fijadas
por resolución del Poder Ejecutivo;
II) Que la referida Comisión Asesora ha culminado los estudios conducentes
a la determinación, con ajuste a las normas del Acuerdo General de
Aranceles y Comercio (GATT) de una nueva nómina de porcentajes solicitados
por los empresas interesadas.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Fíjanse las siguientes tasas de devolución de impuestos indirectos a
aplicar sobre el valor FOB de exportación de los productos que se indican
a continuación las que regirán para los embarques cumplidos a partir de
las respectivas fechas de vigencia índicadas a continuación:
Rubro NADE Denominación Porcentaje Fecha de
Vigencia
01.01.01.01 Caballos pura
sangre de carrera 1.0 23.5.83
01.01.01.02 Caballos de
pedigrí para
reproducción 1.0 23.5.83
03.01.06.XX Pescados
solamente eviscerados
y descabezados frescos
o refrigerados 1.3 25.11.83
04.02.02.01.03 Leche en polvo
semidescremada 4.3 2.12.83
12.03.03.99.02 Semillas de prados
y pastizales:
trébol carretilla 6.1 24.10.83
17.01.XX.XX Azúcares de
remolacha y de caña
en estado sólido 4.9 27.9.83
23.02.02.05 Afrechillo de arroz 1.3 20.9.83
29.15.05.03 Ftalato de isooctilo
(DIOP) 1.9 12.12.83
42.05.89.99.0.9 Posavaso
confeccionado con
cuero bovino 2.9 25.10.83
43.03.02.03.03 Prendas
confeccionadas con
pieles de astricán
importadas 2.0 1.1.83
43.03.89.01.02 Prendas de vestir
confeccionadas
con pieles de nutria
importadas 2.0 1.1.83
43.03.89.01.03 Prendas de vestir
confeccionadas con
retales de pieles
de nutria nacionales
e importadas 1.3 1.1.83
43.03.89.03.02 Prendas de vestir
confeccionadas
con retales de
pieles de zorro
nacionales o
importadas 1.3 1.1.83
43.03.89.99.01 Prendas
confeccionadas con
pieles de coyote
importadas 2.0 1.1.83
43.03.89.99.02 Prendas de vestir
confeccionadas
con pieles de
marmotas importadas 1.6 1.1.83
43.03.89.99.03 Prendas
confeccionadas
con retales de
pieles de
coyote importadas 1.3 1.1.83
43.03.89.99.04 Prendas
confeccionadas
con retales de
pieles de marmota
importadas 1.3 1.1.83
43.03.89.99.05 Prendas
confeccionadas
con retales de
pieles de Rat (rata)
Musque
importadas 1.3 1.1.83
61.03.01.00 Camisas de
algodon para
hombres
y niños 1.4 5.10.83
64.0@.89.00 Calzado con suela
de materias plásticas
artificiales y
parte superior de
tejido de algodón 1.5 27.9.83
69.12.02.00 Accesorios fijos
para instalaciones
sanitarias e
higiénicas 1.4 1.1.83
70.13.XX.XX Artículos de vidrio
para servicios de
mesa, de cocina,
de tocador, para
escritorio, adorno
de habitaciones o
usos similares 1.7 1.1.83
70.14.XX.XX Aparatos para el
alumbrado, de
vidrio y artefactos
de vidrio utilizados
como accesorios
de aparatos de
alumbrado 1.7 1.1.83
73.38.02.01. Piletas de acero
inoxidable con o
sin escurridor 1.5 7.12.83
76.02.03.00 Alambre de aluminio 2.0 3.10.83
76.15.01.99.01 Artículos de uso y
economía doméstica,
de aluminio, excepto
ollas de presión 1.6 7.12.83
99.99.89.XX Reparación,
conservación y
conversión de buques
de bandera extranjera 1.3 1.1.83
ALVAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - JUAN A. CHIARINO ROSSI - CARLOS MATTOS
MOGLIA