Visto: La gestión promovida por la empresa ABLISTAR S.A. ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para que se le extienda la habilitación para prestar
Servicios a la Mercadería en la categoría "Empresas Estibadoras de Carga
General" en los Puertos de Montevideo Fray Bentos y Nueva Palmira, con
posterior inscripción en los subregistros de Empresas Prestadoras de
Servicios Portuarios correspondientes.
Resultando: I) Que la firma ABLISTAR S.A. fue habilitada con
anterioridad para prestar servicios portuarios a la mercadería en la
categoría: "Empresas Estibadoras de Productos Congelados" en el Puerto de
Montevideo y en esa oportunidad dicha empresa solicita se amplíe la
habilitación para prestar servicios en la categoría y Puertos antes
mencionados.
II) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo establecido en
los Artículos 14 y 15 del Decreto Nº 412/92 "Reglamento de la Ley de
Puertos" y Artículos 14, 17 y 18 del Decreto Nº 413/92 "Reglamento de
Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios" de fecha 1
de setiembre de 1992.
III) Que la Administración Nacional de Puertos, por resolución Nº 152/2946
de fecha 4 de marzo de 1996, habilita -supeditada a la aprobación del
Poder Ejecutivo- a la referida empresa para la prestación de los
servicios solicitados y remite al Ministerio de Transporte y Obras
Públicas las actuaciones generadas en dicho Organismo, consistentes en la
intervención de su Unidad de Contralor de Prestación de Servicios
Portuarios, la cual controló la documentación aportada por la interesada,
en cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos
que se exigen reglamentariamente para la habilitación en cuestión, no
formulándose objeciones en tal sentido;
IV) Que la referida Secretaría de Estado, por intermedio de su Asesoría
Técnica en Asuntos Portuarios, es conteste con el criterio manifestado
precedentemente.
Atento: A lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 del 8 de abril de 1992 y
Decreto Reglamentario Nº 413/92 del 1 de setiembre de 1992, Artículos 14,
17 y 18.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Apruébase la habilitación otorgada por la Administración Nacional de
Puertos a la empresa ABLISTAR S.A. para prestar Servicios a la Mercadería
en la categoría "Empresas Estibadoras de Carga General" en los Puertos de
Montevideo Fray Bentos y Nueva Palmira, así como oportunamente proceder a
la inscripción de la misma en los Subregistros de Empresas Prestadoras de
Servicios Portuarios correspondientes, una vez cumplidos todos los
requisitos previstos en el Decreto Nº 413/992 del 1 de setiembre de 1992.