AUTORIZACION A BOM PORT S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE MONTEVIDEO




Promulgación: 08/05/1996
Publicación: 30/05/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 1041
  Visto: La gestión promovida por la empresa BOM PORT S.A. ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para que se le otorgue la habilitación para prestar
Servicios a la Mercadería en las categorías "Empresas Estibadoras de
Contenedores", "Empresas Estibadoras de Carga General", "Empresas
Estibadoras de Productos Congelados" y "Empresas Prestadoras de Servicios
Varios y Conexos a la Mercadería, Mano de Obra o Equipos", en el Puerto de
Montevideo, con posterior inscripción en el Registro de Empresas
Prestadoras de Servicios Portuarios.

  Resultando: I) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo
establecido en los Artículos 14 y 15 del Decreto Nº 412/992 "Reglamento
de la Ley de Puertos" y Artículos 14, 17 y 18 del Decreto Nº 413/992
"Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios" de fecha 1º de setiembre de 1992.

II) Que la Administración Nacional de Puertos, por resolución Nº 154/2946
de fecha 4 de marzo de 1996, habilita -supeditada a la aprobación del
Poder Ejecutivo- a la referida empresa para la prestación de los
servicios solicitados y remite al Ministerio de Transporte y Obras
Públicas las actuaciones generadas en dicho Organismo, consistentes en  la
intervención de su Unidad de Contralor de Prestación de Servicios
Portuarios, la cual controló la documentación aportada por la interesada,
en cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos
que se exigen reglamentariamente para la habilitación en cuestión, no
formulándose objeciones en tal sentido.

III) Que la referida Secretaría de Estado, por intermedio de su Asesoría
Técnica en  Asuntos Portuarios, es conteste con el criterio manifestado
precedentemente.

  Atento: A lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 del 8 de abril de 1992 y
Decreto Reglamentario Nº 413/92  del 1º de setiembre de 1992, Artículos
14, 17 y 18.

                     El Presidente de la República

                               RESUELVE:

1

   Apruébase la habilitación otorgada por la Administración Nacional de
Puertos a la empresa BOM PORT S.A. para prestar Servicios a la Mercadería
en las categorías "Empresas Estibadoras de Contenedores", "Empresas
Estibadoras de Carga General", "Empresas Estibadora de Productos
Congelados" y "Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la
Mercadería, Mano de Obra o Equipos", en el Puerto de Montevideo así  como
oportunamente proceder a la inscripción de la misma en el Registro de
Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, una vez cumplidos todos los
requisitos previstos en el Decreto Nº 413/92 del 1º de setiembre de 1992.

2

     Comuníquese  y vuelva a la Administración Nacional de Puertos a sus
efectos.

SANGUINETTI - LUCIO CACERES
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