Visto: la resolución del Poder Ejecutivo del 1º de marzo de 1984, pro la
que se aprueba el Proyecto de Inversión de la firma "Friopesca Ltda".
Resultando: la referida resolución aprobó el traslado y ampliación de la
Planta Industrializadora de productos del mar de Friopesca Ltda. con una
capacidad de procesamiento de pescado para consumo humano hasta un volumen
de 10.000 ton./año, en términos de materia prima.
Considerando: I) La evolución de los parámetros que rigen la
disponibilidad de materia prima y los consumos efectivos de la planta
industrial referida determinan en el presente la necesidad de una
adecuación de la capacidad de producción autorizada por la premencionada
resolución del Poder Ejecutivo;
II) La nueva localización y ampliación de la planta industrial de
Friopesca Ltda. y los antecedentes sobre la eficiencia de la misma hacen
aconsejable el reajuste del cupo asignado;
III) Los volúmenes actuales de materia prima contratados por Friopesca que
exceden la capacidad de procesamiento otorgado.
Atento: a lo preceptuado por la ley 13.833, de 29 de diciembnre de 1969;
decreto ley 14.178, de 28 de marzo de 1974; decreto ley 14.484, de 18 de
diciembre de 1975; decretos 711/971, de 28 de octubre de 1971; 767/973, de
13 de setiembre de 1973, 210/978, de 12 de abril de 1978 y las opiniones
favorables del Instituto Nacional de Pesca y de la Dirección de
Asesoramiento Legal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca,
sobre el particular,
El Presidente de la República
RESUELVE: