Serán cometidos de dicha Comisión Interministerial: a) supervisar el
cumplimiento por parte del Estado de la sentencia de la Corte
Interamericana referida en el "Visto"; b) (*); c) coordinar con los diferentes organismos nacionales e internacionales a los efectos de dar cumplimiento a los cometidos anteriores; y d) (*)
(*)Notas:
Literales b) y d) derogado/s por: Decreto Nº 131/015 de 19/05/2015
artículo 12.
Ver: Resolución Nº 463/013 de 01/08/2013 numeral 2.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 450/011 de 31/08/2011 numeral 2.