Cométese a la Secretaría de Seguimiento de la Comisión para la Paz: a)
realizar las tareas de recepción, análisis clasificación y recopilación de
información sobre las desapariciones forzadas ocurridas durante el período
referido en los artículos 1° y 2° de la Ley N° 18.596 de 18 de setiembre
de 2009 y personas asesinadas en iguales circunstancias; b) crear una base
de datos unificada y c) crear un banco de muestras genético en la órbita
del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y
Órganos del Ministerio de Salud Pública.
(*)Notas:
Ver: Resolución Nº 463/013 de 01/08/2013 numeral 2.