VISTO: estos antecedentes relacionados con la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 18/2015 convocada para la "Concesión de la operación de un servicio de inspección técnica de vehículos de transporte de pasajeros que realicen servicios de jurisdicción de la Dirección Nacional de Transporte y vehículos de transporte de carga con peso bruto mayor a 3,5t".
RESULTANDO: I) Que la empresa SOCIEDAD URUGUAYA DE CONTROL TECNICO DE AUTOMOTORES S.A. (SUCTA S.A.) con fecha 8 de enero de 2016 comunicó el retiro de su oferta, al amparo de lo dispuesto por el artículo 22 del Pliego de Condiciones Particulares que rigió la referida Licitación Pública.
II) Por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 3 de mayo de 2017, se revocó parcialmente la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 30 de enero de 2017, dejando sin efecto la adjudicación efectuada a la empresa SOCIEDAD URUGUAYA DE CONTROL TECNICO DE AUTOMOTORES S.A. (SUCTA S.A.) de la región 2 descripta en el artículo 5° del Pliego de Condiciones Particulares de la aludida Licitación Pública.
III) Que la oferta de la empresa APPLUS ITEUVE ARGENTINA S.A. para la Región 2, prelacionada por la Comisión Asesora de Adjudicaciones en segundo lugar, resulta admisible.
CONSIDERANDO: que en atención a lo expuesto se estima conveniente el dictado de resolución de adjudicación de la referida Región 2.
ATENTO: a lo establecido por el TOCAF (Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado), aprobado por el Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de 2012 y a lo estipulado por el Pliego de Condiciones Particulares, que rige el referido llamado.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Establécese que la suscripción del respectivo Contrato de Concesión deberá realizarse en el plazo de 120 (ciento veinte) días calendario, contados desde la notificación de la presente resolución (artículo 17 del Pliego de Condiciones Particulares).
Dispónese asimismo, que la firma adjudicataria deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en el Departamento Notarial del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para su visto bueno, con 2 (dos) días hábiles de anticipación a la fecha de suscripción del contrato correspondiente, debiendo quedar depositada en el Departamento de Tesorería de la Dirección Nacional de Transporte; el monto de dicha garantía deberá corresponderse al monto de inversiones y gastos de operación previsto por los oferentes para el plazo de concesión ofertado (artículo 27.2 del Pliego de Condiciones Particulares).
Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para notificación del oferente, proceder según lo establece el Decreto N° 526/003 de 18 de diciembre de 2003 y demás efectos.