SUSPENSION DE INFORME PARA DETERMINAR USO Y DESTINO DE LA BAHIA DE MONTEVIDEO




Promulgación: 09/11/1983
Publicación: 22/11/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 988
  Visto: I) Ias resoluciones del Poder Ejecutivo 1850/980, y 2021/980,
de 6 y 20 de agosto de 1980 respectivamente, referidas a la creación de
una Comisión Técnica Especial con el cometido de estudiar todo lo relativo
a la situación planteada para definir el uso y destino de diversas áreas
de la Bahía de Montevideo;

  II) La resolución del Poder Ejecutivo 3124/981, de 30 de diciembre de
1981 por la cual se aprueba el informe en mayoría formulado por la
referida Comisión y se amplían los cometidos de la misma.

  Considerando: I) Que el grado de avance alcanzado en las tareas
desarrolladas por la Comisión de referencia hace necesario coordinar
aspectos derivados de las respectivas competencias de los diferentes
organismos intervinientes aplicados al área de acción de la referida
Comisión;

  II) Que es necesario, previo a una toma de decisión definitiva, evaluar
con un enfoque integral e intersectorial las diferentes alternativas de
solución elaboradas que permitan alcanzar los objetivos que originaron la
creación de la citada Comisión;

 III) Que las competencias que le asignan a la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión el Decreto Constitucional Nº 3/976, del 1º de
setiembre de 1976, y su reglamentario, decreto 346/977, de 21 de junio de
1977, son de especial aplicación al presente caso, por tratarse de
coordinación entre organismos de similar jerarquía institucional;

  IV) Que resulta conveniente promover la compatibilización de los
diferentes objetivos sectoriales de aplicación en el área de estudio.

  Atento: a lo expuesto precedentemente,

                       El Presidente de la República

                                  RESUELVE:

1

  Suspender las acciones motivadas en la resolución del Poder Ejecutivo
3124/981, de 30 de diciembre de 1981, dejando sin efecto las mismas a
partir de la presente.

GREGORIO C. ALVAREZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - HUGO LINARES BRUM - JUSTO M. ALONSO
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