VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones, da cuenta de la gestión promovida por el
señor Juan Hebert Brañas Brañas, permisionario de CW 148 "Radio
Universo", para trasladar la planta emisora desde su actual ubicación, al
km. 234.500 de la Ruta 9, en la localidad de 19 de Abril del departamento
de Rocha.-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 12/997 de 10 de
enero de 1997, se autorizó al gestionante el uso de la frecuencia AM 1480
Khz., en la ciudad de Castillos del departamento de Rocha, para
suministrar el servicio de radiodifusión.-
II) que la Dirección Nacional de Comunicaciones, por la Resolución
255/997 de fecha 26 de agosto de 1997, autorizó que el permisionario
operara en forma precaria desde la ciudad de Castillos, en virtud que no
reunía las condiciones técnicas requeridas por aquel organismo y en
especial, porque la densidad de población del lugar era superior al 2%.-
CONSIDERANDO: que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado,
tanto desde el punto de vista técnico como jurídico, por cuanto el
traslado solicitado se ajusta a los parámetros técnicos oportunamente
autorizados y no implica una variación del área de servicio de la
estación radiodifusora.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296
del 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase al señor Juan Hebert Brañas Brañas, permisionario de CW 148
"Radio Universo" que opera en la frecuencia 1480 Khz., en la ciudad de
Castillos del departamento de Rocha, para trasladar la planta emisora
desde su actual ubicación, al km. 234.500 de la Ruta 9, en la localidad
de 19 de Abril del mismo departamento.-
Determínase que en el caso que dicha emisora en la práctica produjera
interferencias perjudiciales a otros servicios radio eléctricos ya
instalados en la zona, deberá reducir de inmediato la potencia y adoptar
las medidas necesarias para su eliminación. Previo a reiniciar las
emisiones con la potencia autorizada, deberá solicitar la correspondiente
inspección verificativa.-
Establécese que una vez instalada la planta emisora en la nueva
ubicación, deberá informar tal extremo a la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones, con el fin de proceder a la inspección
técnica habilitante.-