VISTO: estos antecedentes elevados por el Proyecto de Asistencia de
Emergencia para la Erradicación de la Fiebre Aftosa;
RESULTANDO: I) por resolución de fecha 12 de agosto de 2003, el Poder
Ejecutivo adjudicó al Consorcio integrado por las firmas Sonda Uruguay
S.A., Choel S.A. y Gonda Jodal y otro Soc. de Hecho, la licitación
pública internacional Nº 001/2002, para la provisión y operación de un
Sistema Nacional de Información Ganadera;
II) el Ministerio de Economía y Finanzas, por resolución de 22 de abril
de 2004, dispuso el refuerzo en el Inciso 24 "Diversos Créditos" Unidad
Ejecuotra 007 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", el objeto
del gasto 749 "otras Partidas a Reaplicar", en la Financiación 2.1
"Endeudamiento Externo", la suma equivalente en moneda nacional a U$S
1:258.000, a fin de dar cumplimiento al pago de la cuota parte
correspondiente a gastos de funcionamiento del PAEFA, Préstamo 7070
suscrito con el BIRF;
III) el PAEFA solicita se atiendan las obligaciones emergentes del
contrato suscrito para la provisión y operación de un Sistema Nacional de
Información Ganadera, por el presente ejercicio, de acuerdo con la
financiación resuelta por el Ministerio de Economía y Finanzas;
CONSIDERANDO: conveniente proveer en la forma solicitada por el PAEFA;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo preceptuado por el Art. 27
del TOCAF,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
1
Las obligaciones correspondientes al contrato suscrito para la provisión
y operación de un Sistema Nacional de Información Ganadera, en el
presente ejercicio, se atenderán con cargo al Convenio de Préstamo 7070
UR BIRF - Proyecto de Asistencia de Emergencia para la Erradicación de la
Fiebre Aftosa, Financiamiento 2.1, Endeudamiento Externo, Inciso 24,
Unidad Ejecutora 07, por un monto de U$S 897.615,33 y la cuota parte con
cargo a Aporte Local se financiarán con cargo a Financiamiento 1.1,
Rentas Generales, Inciso 07, Unidad Ejecutora 01, Proyecto 717, por un
monto de U$S 61.672,81 y el resto, U$S 213.071,51, con cargo a
financiamiento 1.3, proveniente de la recaudación que obtuviere el
Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, por la venta de
Identificadores de Ganado;