RECONOCIMIENTO DE LA CARRERA LICENCIATURA EN PSICOLOGIA (PLAN 2002). INSTITUTO UNIVERSITARIO FRANCISCO DE ASIS




Promulgación: 05/06/2009
Publicación: 18/06/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1395
VISTO: La Actualización de Información correspondiente al año 2005,
presentada por el Instituto Universitario Francisco de Asís, en
cumplimiento del Artículo 15 del Decreto 308/995.

RESULTANDO: I) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 19 de
febrero de 2001, se autorizó a funcionar como Instituto Universitario al
"Instituto Universitario Francisco de Asís".

II) Que por Resolución Ministerial No. 24 de fecha 7 de abril de 2003, se
reconoció el nivel universitario de la carrera "Licenciatura en
Psicología" (plan 2002), del Instituto Universitario "Francisco de Asís",
en el marco del Area de Conocimiento 5: Ciencias Sociales y del
Comportamiento, y el título final de "Licenciado en Psicología" que esa
carrera brinda.

III) El 20 de diciembre de 2005, la Dirección de Educación declara que los
cambios introducidos a la carrera reconocida "Licenciatura en Psicología"
son esenciales y pone los mismos en consideración del Consejo Consultivo
de Enseñanza Terciaria Privada.

IV) El mencionado Consejo establece en el Acta Nº 21 que "considera que
los cambios introducidos a la carrera de Psicología son de naturaleza
esencial (27 materias sufren modificaciones; también la plantilla docente)
y alteran su perfil, por lo cual debería ser presentada nuevamente al
Consejo con su actual formato, la respectiva plantilla docente, etc., a
los efectos de una nueva evaluación." Y con fecha diciembre de 2005 la
Dirección de Educación declara la esencialidad de los cambios "Todos estos
aspectos constituyen en suma, un cambio sustancial con respecto a la
carrera reconocida por el Ministerio de Educación y Cultura".

V) Que mediante Exp. 2006/2395 la institución realiza una nueva
presentación de la carrera, y el Consejo Consultivo designa en primera
instancia, para evaluarla, a las Psicólogas Alicia Cabezas y Madelón
Casas, y en una segunda oportunidad al Dr. Guillermo Fossati.

VI) Que los tres evaluadores concluyen que la carrera en su formulación
2005 no satisface los requerimientos de una licenciatura universitaria.

VII) Que con base en los informes de los evaluadores, el Consejo emite su
Dictamen Nº 264 de fecha 12 de agosto de 2008 donde por unanimidad de los
presentes recomienda "que el Ministerio de Educación y Cultura, aplicando
el segundo y tercer inciso del Art. 7 del Decreto 308/995, disponga la
revocación el reconocimiento del plan 2002 de la Licenciatura en
Psicología" (...)" sin perjuicio correspondería contemplar la situación de
los actuales estudiantes que se hallan cursando".

VIII) Que con fecha 24 de septiembre de 2008 la institución responde a la
vista conferida del dictamen Nº 264 y el CCETP mediante Dictamen Nº 271
ratifica in totum el contenido del Dictamen Nº 264.

IX) Que el 5 de diciembre de 2008, la institución presenta nota al
Director de Educación donde plantea, entre otros, suspender las
inscripciones de nuevos estudiantes para el año 2009 y hasta tanto se
tenga la aprobación de un nuevo plan; se comprometen a iniciar un proceso
de evaluación y rediseño general de la carrera. El Director de Educación
mediante nota del 31 de diciembre de 2008 solicita la opinión del CCETP
sobre estos aspectos.

X) Que mediante Dictamen Nº 277, el Consejo ratifica en un todo lo
expresado en los Dictámenes Nº 264 y 271, en particular cuando manifiesta
(Dictamen Nº 264) que "(...) corresponde que el Ministerio de Educación y
Cultura, aplicando el segundo y tercer inciso del Art. 7 del Dec. 308/995,
disponga la revocación del reconocimiento del Plan 2002 de la Licenciatura
en Psicología del Instituto Francisco de Asís, en su forma original y/o
con las modificaciones planteadas oportunamente por la institución en la
Actualización 2005." (...) "Se sugiere aceptar la propuesta de no abrir
las inscripciones en 2009 y la incorporación de un evaluador externo a
costo de la institución, para la etapa de elaboración del nuevo Plan. Se
sugiere también solicitarle a la institución que se comprometa a aplicar
un plan de equiparación curricular al nuevo Plan de Estudio cuando sea
aprobado, a los estudiantes que se encuentran actualmente estudiando; en
estos casos no se les registraría el título de no cumplir con la
equiparación correspondiente. Por último, se sugiere que la institución
informe a los estudiantes de la actual situación y que presente al
Ministerio de Educación y Cultura las correspondientes notificaciones."

CONSIDERANDO: I) Que, en virtud de todo lo expuesto, la Dirección de
Educación con fecha 22 de mayo de 2009, entendió que se ha configurado lo
dispuesto en el Artículo 7 del Decreto 308/995 y sugiere la revocación del
reconocimiento del Plan 2002 de la carrera "Licenciatura Psicología".

II) Que es necesario asegurar un proceso de transición que ofrezca
garantías a la sociedad y en particular a los estudiantes que cursan la
Licenciatura en Psicología del Instituto Universitario Francisco de Asís,
para que culminen la misma con la calidad necesaria.

ATENTO: A lo expuesto, y a lo dispuesto en el Artículo 68 de la
Constitución de la República, Decreto-Ley 15.661 del 29 de octubre de 1984
y al Decreto 308/995 del 11 de agosto de 1995 concordantes y
modificativos,

                    LA MINISTRA DE EDUCACION Y CULTURA
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 REVOCASE el reconocimiento de la carrera "Licenciatura en Psicología"
(plan 2002) dictada por el Instituto Universitario Francisco de Asís,
aprobada mediante Resolución Ministerial No. 24 de fecha 7 de abril de
2003.

MARIA SIMON
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