Visto: la comunicación de la Comisión de Productividad, Precios e
Ingresos, dando cuenta de la resolución que adoptó en razón de la
competencia que le atribuye la ley 13.720 de 16 de diciembre de 1968.
Considerando: que la resolución de la Comisión es congruente con la
política económica trazada por el Gobierno por lo cual se considera
conveniente su aprobación,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Apruébase la siguiente resolución adoptada por la Comisión de
Productividad, Precios e Ingresos:
RESOLUCION ORDINARIA 529 - Fijación de niveles de precios para la
actividad privada.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 557/975 de
10/04/1975.
Fijar en $ 318.00 (trescientos dieciocho pesos) por litro el precio a que
Conaprole venderá a la Intendencia Municipal de Montevideo, hasta 60.000
litros diarios de leche, envasada en botellas de vidrio que se
individualizarán con tapas de color especial, a retirar de planchada o
centro de concentración.
Autorizar a Conaprole a imputar mensualmente al Fondo de Compensación
creado por decreto 40/970 de 22 de enero de 1970 y sus modificativos, la
cantidad de $ 26.00 (veintiséis pesos) por cada litro de leche líquida
pasterizada que venda.
Establecer que el subsidio referido en el numeral 2º, precedente sea
controlado, liquidado y abonado por el Ministerio de Economía y Finanzas,
aplicando el procedimiento fijado por el artículo 5º del decreto 364 de 6
de junio de 1968.