Exonérase a la firma referida, en forma total hasta el año 3 (tres)
inclusive de funcionamiento del proyecto de los impuestos, derechos y
demás tributos que graven:
a) Constitución de hipotecas sobre bienes de la empresa en ocasión de la
gestión de créditos para el proyecto;
b) Constitución de hipotecas y prendas de bienes de terceros ofrecidos
en garantías para los créditos necesarios para el proyecto;
c) Reforma de estatutos societarios para la ampliación del capital de
la empresa para cubrir las necesidades del proyecto (Artículo 8º,
literal A) de la ley 14.178).