Visto: que por resolución del Poder Ejecutivo de 18 de octubre de 1988
(Interna Nº 435/988) se prorrogó la intervención de la Institución de
Asistencia Médica Colectiva denominada "Asociación Mutualista del Partido
Nacional", por el término de 30 días, a partir del 12 de octubre de 1988.
Resultando: que dicha Intervención fue dispuesta por resolución del
Poder Ejecutivo 269/988 de 12 de julio de 1988 (Interna Nº 278/988).
Considerando: I) Que la misma se realizó debido a las numerosas
irregularidades y carencias comprobadas en la referida Asociación;
II) Que a los efectos de poder culminar las tareas asignadas, es necesario
prorrogar por un mes la intervención de referencia.
Atento: a lo expuesto y a lo establecido en el decreto-ley 15.181 de
18 de agosto de 1981,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Prorrógase la Intervención de la Institución de Asistencia Médica
Colectiva denominada "Asociación Mutualista del Partido Nacional", por el
término de 30 (treinta) días a partir del 12 de noviembre de 1988.
La intervención podrá adoptar las medidas y resoluciones que
entienda necesarias a los efectos de solucionar la situación actual de la
Institución, así como culminar, si se estima pertinente, las actuales
gestiones tendientes a la fusión de la Asociación con otra entidad de
asistencia médica colectiva.