VISTO: la solicitud presentada por la Administración Nacional de Usinas y
Trasmisiones Eléctricas (UTE) para que se le autorice a prorrogar por el
plazo de un año los Convenios vigentes celebrados con fabricantes
nacionales de transformadores.
RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 825/007 de 20 de
diciembre de 2007 se autorizó a UTE a celebrar dichos Convenios por un
plazo máximo de cinco años, los que vencen el 31 de enero de 2013;
II) que se encuentran vigentes los Convenios Marco celebrados el 1 de
febrero de 2008 con las firmas Partiluz S.A. y Urutransfor S.A..
CONSIDERANDO: que en el cumplimiento de los contratos vigentes por parte
de ambas empresas no existen elementos que obsten a la prórroga
solicitada.
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 23 del Decreto Ley
N° 15031 del 4 de julio de 1980 y en el artículo 2 del TOCAF.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Autorízase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas (UTE) a prorrogar los Convenios con fabricantes nacionales de
transformadores, celebrados el 1 de febrero de 2008 con Partiluz S.A. y
Urutransfor S.A., por el plazo de un año a partir de su vencimiento el 31
de enero de 2013.