Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la situación actual de la niñez y la adolescencia y la normativa
que regula su problemática;
Resultando: I) que nuestro país asumió el compromiso de adecuar la
normativa vigente a las disposiciones contenidas en la Convención sobre
los Derechos del Niño, ratificada por Ley Nº 16.137, de fecha 28 de
setiembre de 1990;
II) que se han producido importantes cambios sociales, económicos y
culturales desde la fecha de aprobación del Código del Niño - Ley Nº
9342 de 3 de abril de 1934;
III) que existe dispersión en la legislación uruguaya que regula la
problemática de la minoridad;
IV) que los instrumentos internacionales no vinculantes, como las Reglas
Mínimas para la Administración de la Justicia Juvenil -Reglas de
Beijing-, las Reglas Mínimas para la Protección de los Jóvenes Privados
de Libertad -Regla de Riad- han fijado pautas a ser recogidas en el
derecho positivo nacional;
Considerando: I) que es objetivo prioritario del Gobierno generar
políticas orientadas a mejorar las condiciones de vida y desarrollo de la
niñez y adolescencia;
II) que se estima conveniente la creación de una Comisión Especial,
integrada con expertos en la materia, a efectos de proyectar un Código de
la Niñez y Adolescencia;
Atento: a lo precedentemente expuesto;
El Presidente de la República
RESUELVE:
Créase una Comisión Especial para el estudio y elaboración de un
Proyecto de Código de la Niñez y Adolescencia, integrada por las
siguientes personas: doctora Adela Reta -quien la presidirá-, doctora
Jacinta Balbela, doctor Nelson Nicoliello, doctor Jorge Marabotto, doctor
Washington Bado, doctor César I. Aroztegui, doctora Mabel Rivero,
educadora Mora Podestá, doctora Irma Gentile y asistente social Ana
María Solari.
Serán asesores de la Comisión que se crea, los señores doctores Carlos
Uriarte, Héctor Erosa, Mauren Viñar, María del Pino de Vega y Edith Wieder
y asistente social Socorro García.
La Comisión Especial podrá crear Subcomisiones y requerir el
asesoramiento que estime pertinente de especialistas en las diferentes
disciplinas vinculadas a la niñez y a la adolescencia.
La Comisión Especial podrá solicitar el asesoramiento del Fondo de las
Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y del Instituto Interamericano
del Niño (IIN).
La Comisión que se crea por la presente resolución dispondrá de un plazo
de ciento ochenta (180) días, a contar desde su constitución, para la
presentación al Poder Ejecutivo del Proyecto encomendado.