DELEGACION DE ATRIBUCIONES. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA




Promulgación: 08/10/2007
Publicación: 12/10/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 866
VISTO: Lo dispuesto por el artículo 324 de la Ley 17.296 de 21 de febrero
de 2001.

RESULTANDO: I) Dicha disposición faculta al Centro de Capacitación y
Producción (CECAP) a prestar servicios técnicos, asesoría y diagnósticos,
así como a la comercialización de los productos y servicios de sus
talleres.

II) Establece a su vez que el centro podrá percibir precios como
contraprestación de los bienes y servicios requeridos, fijados previa
conformidad del Poder Ejecutivo.

CONSIDERANDO: Razones de buena administración aconsejan delegar en el
Ministerio de Educación y Cultura la autorización de los precios que podrá
percibir el CECAP de acuerdo a la normativa citada.

ATENTO: A lo expuesto, a lo establecido por los artículos 160 y 168
numeral 24 de la Constitución de la República y a lo dispuesto por el art.
324 de la ley 17.296 de 21 de febrero de 2001,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     Actuando en Consejo de Ministros

                                RESUELVE:

1

 DELEGASE en el Ministerio de Educación y Cultura el otorgamiento de la
previa conformidad del Poder Ejecutivo, con relación a los precios que
podrá percibir el Centro de Capacitación y Producción (CECAP), como
contraprestación por la comercialización de los productos y servicios de
sus talleres que le fueren requeridos.

2

 La atribución delegada no podrá ser a su vez objeto de delegación.

3

 La delegación no obsta a lo dispuesto por los artículos 160 y 165 de la
Constitución de la República.

4

 EL Ministerio de Educación y Cultura enviará a la Secretaría de la
Presidencia de la República, copia de las resoluciones que se dictan en
ejercicio de atribuciones delegadas, dentro de las 48 horas de dictadas.

5

 COMUNIQUESE, etc.

TABARE VAZQUEZ - RICARDO BERNAL - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - AZUCENA BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI
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