Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma de $ 136:608.952,69 (pesos uruguayos ciento treinta y seis millones seiscientos ocho mil novecientos cincuenta y dos con sesenta y nueve centésimos), la que se discrimina de la siguiente manera; $ 102:990.486,05 (pesos uruguayos ciento dos millones novecientos noventa mil cuatrocientos ochenta y seis con cinco centésimos) para Contrato, $ 22:657.906,93 (pesos uruguayos veintidós millones seiscientos cincuenta y siete mil novecientos seis con noventa y tres centésimos) para I.V.A. (22%), $ 10:960.559,71 (pesos uruguayos diez millones novecientos sesenta mil quinientos cincuenta y nueve con setenta y un centésimos) para Leyes Sociales.
Dicha erogación, más los Mayores Costos resultantes, se atenderán con cargo a la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015, Inciso 10, Unidad Ejecutora 003, Programa 362, Proyecto 750, Financiación 1.1. Rentas Generales y 2.1 Endeudamiento Externo para Proyectos Específicos.