APROBACION DEL ACUERDO DE COLABORACION ENTRE LA ASOCIACION CIVIL INTERNACIONAL DE LA RED DE CIUDADES MERCOCIUDADES Y LA AGENCIA URUGUAYA DE COOPERACION INTERNACIONAL SOBRE EL PROGRAMA DE COOPERACION SUR SUR




Promulgación: 05/02/2019
Publicación: 13/02/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Proyecto de Acuerdo entre la Asociación Civil Internacional de la Red de Ciudades Mercociudades y la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI) sobre el Programa de Cooperación Sur Sur;

   RESULTANDO: I) que la Red de Ciudades Mercociudades lleva adelante actividades de apoyo de intercambio y asistencia técnica para gobiernos locales de la región, particularmente a partir del Programa de Cooperación Sur Sur de Mercociudades, además de espacios de capacitación presencial y a distancia para el desarrollo de proyectos regionales;

   II) que el programa de Cooperación Sur-Sur de Mercociudades tiene por objetivos: Promover, visibilizar, formalizar y sistematizar acciones de cooperación e intercambio entre gobiernos locales de Mercociudades y terceros, con miras a valorizar las capacidades actuales de los gobiernos locales de Mercociudades en el liderazgo e implementación de políticas de cooperación Sur-Sur; potenciar, optimizar y dotar de un marco procedimental a la cooperación Sur-Sur de la Red; y posicionar a Mercociudades como un actor de la Cooperación Internacional;

   III) que la AUCI es el organismo responsable de la coordinación de la cooperación en toda la República Oriental del Uruguay, lo que implica que desde la Agencia se definen y coordinan programas, proyectos y acciones de cooperación y desarrollo junto con gobiernos e instituciones de cooperación internacional;

   IV) que ambas instituciones reconocen la existencia de áreas de interés común, en las que el trabajo conjunto puede contribuir tanto al cumplimiento de sus propios objetivos como a fortalecer la cooperación entre los países de la región;

   CONSIDERANDO: I) que en este marco la AUCI apuesta a contribuir con el segundo y tercer nivel de gobierno, a través del fortalecimiento de las capacidades de diseño, implementación, gestión, registro y monitoreo de iniciativas de cooperación internacional con los 19 departamentos y los 112 municipios;

   II) que la AUCI se compromete a apoyar el Programa de Cooperación Sur Sur de Mercociudades, con el financiamiento de un proyecto o más, seleccionados bajo normativa de la Convocatoria del 2018 del Programa de Cooperación Sur-Sur de Mercociudades, con un monto único de hasta U$S 7.000 (dólares estadounidenses siete mil), con la condición de que uno de los actores participantes del o los proyectos a financiar sea un gobierno local de Uruguay;

   III) que dichos fondos se financiarán a través del Programa URU/16/003: "Apoyo a la consolidación de la estrategia de Cooperación Sur-Sur y Triangular y al fortalecimiento del Sistema Nacional de Cooperación Internacional en Uruguay" administrado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD);

   IV) que la precitada transferencia quedará sujeta a lo dispuesto en la Ordenanza N° 77 del Tribunal de Cuentas;

   ATENTO: a lo precedente expuesto y a lo dispuesto en el literal B) del artículo 33 del TOCAF la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), y demás disposiciones aplicables y normas concordantes;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase el proyecto de Acuerdo entre la Asociación Civil Internacional de la Red de Ciudades Mercociudades y la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI) sobre el Programa Cooperación Sur-Sur. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

2

   Autorízase a suscribir el referido Acuerdo al Prosecretario de la Presidencia de la República y Presidente de la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional, Dr. Juan Andrés Roballo.

3

   Comuníquese, publíquese.

    TABARÉ VÁZQUEZ - RODOLFO NIN NOVOA
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