El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma de $ 72:349.683 (pesos uruguayos setenta y dos millones trescientos cuarenta y nueve mil seiscientos ochenta y tres), la que se discrimina de la siguiente manera; $ 49:850.265 (pesos uruguayos cuarenta y nueve millones ochocientos cincuenta mil doscientos sesenta y cinco) para Contrato, $ 10:967.058 (pesos uruguayos diez millones novecientos sesenta y siete mil cincuenta y ocho) para I.V.A. (22%), $ 4:955.116 (pesos uruguayos cuatro millones novecientos cincuenta y cinco mil ciento dieciséis) para Leyes Sociales y $6:577.244 (pesos uruguayos seis millones quinientos setenta y siete mil doscientos cuarenta y cuatro) para Imprevistos.
Dicha erogación, más los Mayores Costos resultantes, se atenderán con cargo a la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015, Inciso 10, Unidad Ejecutora 003, Programa 362, Proyecto 750, Financiación 1.1. Rentas Generales y 2.1 Endeudamiento Externo para Proyectos Específicos.