El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma de $ 41:456.043,08 (pesos uruguayos cuarenta y un millones cuatrocientos cincuenta y seis mil cuarenta y tres con ocho centésimos), la que se discrimina de la siguiente manera; $ 31:502.232,38 (pesos uruguayos treinta y un millones quinientos dos mil doscientos treinta y dos con treinta y ocho centésimos) para Contrato, $ 6:930.491,12 (pesos uruguayos seis millones novecientos treinta mil cuatrocientos noventa y uno con doce centésimos) para I.V.A. (22%), $ 3:023.319,58 (pesos uruguayos tres millones veintitrés mil trescientos diecinueve con cincuenta y ocho centésimos) para Leyes Sociales.
Dicha erogación, más los Mayores Costos resultantes, se atenderán con cargo a la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015, Inciso 10, Unidad Ejecutora 003, Programa 362, Proyecto 750, Financiación 1.1. Rentas Generales y 2.1 Endeudamiento Externo para Proyectos Específicos.