SISTEMA DE CABLE SUBMARINO DE FIBRA OPTICA. SUSCRIPCION DE MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO PARA EL ESTUDIO DE FACTIBILIDAD PLANIFICACION Y PLAN PARA LA PUESTA EN SERVICIO DE DICHO SISTEMA




Promulgación: 28/01/2009
Publicación: 11/02/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 210
VISTO: la gestión promovida por la Administración Nacional de
Telecomunicaciones (A.N.T.E.L.);

RESULTANDO: que por la misma solicita la aprobación del Poder Ejecutivo al
proyecto de memorándum de entendimiento que adjunta y que pretende
suscribir con la empresa Telecom Argentina S.A. para el estudio de
factibilidad y la planificación de un Sistema de Cable Submarino de Fibra
Optica entre Argentina y Uruguay, así como llevar a cabo un plan que
podría permitir la puesta en servicio del Sistema de Cable dentro del
período 2008/2009;

CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería, nada obsta para aprobar el
proyecto de memorándum previamente referido, al amparo de lo previsto por
el art. 94 lit. a) de la Ley No. 17.296, de 21 de febrero de 2001;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la Administración Nacional de Telecomunicaciones
(A.N.T.E.L.) a suscribir con la empresa Telecom Argentina S.A. un
memorándum de entendimiento para el estudio de factibilidad y la
planificación de un Sistema de Cable Submarino de Fibra Optica entre
Argentina y Uruguay, así como llevar a cabo un plan que podría permitir la
puesta en servicio del Sistema de Cable dentro del periodo 2008/2009, que
se adjunta y forma parte de este Decreto. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

 Notifíquese, comuníquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - GERARDO GADEA - PEDRO VAZ - JORGE MENENDEZ
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