VISTO: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por la
Cooperativa Asistencial Médica de Rivera (CASMER);
RESULTANDO: que por la misma solicita autorización para la creación de un
Seguro Parcial de Estudios Complementarios para Diagnóstico;
CONSIDERANDO: I) que los interesados dieron cumplimiento a las
disposiciones legales vigentes;
II) que la Dirección General de la Salud y la División Servicios de
Salud, no formulan objeciones a lo solicitado;
ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto-Ley No. 15.181 de 21 de agosto de
1981 y el Decreto No. 495/989 de 31 de octubre de 1989;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Autorízase a la Cooperativa Asistencial Médica de Rivera (CASMER), la
creación de un Seguro Parcial de Estudios Complementarios para
Diagnóstico, sito en Ituzaingó 521, bajo la Dirección Técnica del doctor
Hugo Lago Peña.
Establécese que previo a la puesta en funcionamiento del mencionado
Seguro, deberá recabarse la correspondiente habilitación ante el
Ministerio de Salud Pública.