VISTO: la solicitud de la empresa MOLINO RIO URUGUAY S.A., tendiente a
adecuar la declaratoria promocional y la concesión de diversos beneficios
promocionales para la actividad establecidos en Resolución Nº 412/008 de
16 de junio de 2008;
RESULTANDO: que la información de adecuación presentada en referencia al
proyecto promovido mantiene el objetivo de aumento de la capacidad de
producción instalada;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizados por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios
establecidos en la citada Ley;
II) que el proyecto presentado por MOLINO RIO URUGUAY S.A. y la
información complementaria presentada en la solicitud de adecuación da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Derógase la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 412/008 de fecha 16 de
junio de 2008 por la cual se declaró promovido el Proyecto de Inversión
presentado por la empresa MOLINO RIO URUGUAY S.A.