LLAMADO PUBLICO PARA LA SELECCION DE PASANTES PARA SERVICIOS DE APOYO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA




Promulgación: 15/11/2006
Publicación: 21/11/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1163
VISTO: la necesidad de la Unidad Ejecutora "Servicios de Apoyo de la
Presidencia de la República" de contar con los servicios de trece pasantes
para desempeñarse en diversas reparticiones;

RESULTANDO: I) que la División Administración confeccionó las bases del
llamado en función del perfil de formación requerido para el cumplimiento
de las funciones de que se trata;

CONSIDERANDO: I) que la División Contabilidad y Finanzas informó la
existencia de crédito suficiente para atender la erogación;

II) que procede en consecuencia disponer la convocatoria por llamado público de conformidad con las normas legales y reglamentarias;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 620 y siguientes
de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 y por el Decreto 344/001 de
28 de agosto de 2001;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Convócase a llamado público para seleccionar 13 pasantes para desempeñar
tareas en la Unidad Ejecutora 001 "Servicios de Apoyo de la Presidencia de
la República" del Programa 002 "Determinación y Aplicación de la Política
de Gobierno" del Inciso 02 "Presidencia de la República", cometiéndose el
mismo a la División Administración.

2

 El llamado se regirá por las siguientes bases y condiciones:
Se llama a estudiantes avanzados mayores de 18 años para la selección de pasantes en las áreas que se dirán:
* 2 estudiantes de Mecánica Automotriz (curso básico aprobado Módulo I);
* 2 estudiantes de Instalaciones Sanitarias (cursando 2º año);
* 3 estudiantes de Electrónica especialización Comunicaciones (cursando 5º año);
* 2 estudiantes de Construcción (cursando 2º año).
Los postulantes serán evaluados en los factores de escolaridad, regularidad en los estudios, centro de estudios al que concurren, experiencia y otros cursos relacionados.
La incidencia máxima de cada factor será:
Factor 1 -     Escolaridad                             30 puntos
Factor 2 -     Regularidad en los estudios             20 puntos
Factor 3 -     Calidad de estudiantes universitarios 
               o del Consejo de Educación Técnico 
               Profesional de la 
               ANEP o del CECAP                        20 puntos
Factor 4 -     Experiencia en trabajos similares       10 puntos
Factor 5 -     Otros cursos relacionados               20 puntos
* 2 estudiantes de Ciencias Económicas;
* 2 estudiantes de Bibliotecología.
Los postulantes serán evaluados en los factores de escolaridad, regularidad en los estudios, centro de estudios al que concurren, experiencia, conocimientos de informática y otros cursos relacionados.
La incidencia máxima de cada factor será:
Factor 1 -     Escolaridad                             30 puntos
Factor 2 -     Regularidad en los estudios             15 puntos
Factor 3 -     Calidad de estudiantes universitarios 
               o del Consejo de Educación Técnico 
               Profesional de la ANEP o del CECAP      20 puntos
Factor 4 -     Experiencia en trabajos similares       10 puntos
Factor 5 -     Conocimientos de Informática            15 puntos
Factor 6 -     Otros cursos relacionados               10 puntos
El puntaje mínimo de aprobación será de 70 puntos.
Los postulantes deberán acreditar su calidad de estudiante, nivel de estudio alcanzado, exámenes rendidos, escolaridad y regularidad en los estudios, mediante certificado expedido por el Instituto correspondiente, y haber aprobado una materia en el presente año lectivo.
No podrán postularse estudiantes que ya hayan sido contratados bajo el régimen de beca o pasantía en cualquier organismo del Estado con anterioridad al presente llamado.
El régimen horario a cumplir será de seis (6) horas diarias de lunes a viernes.
El plazo de la pasantía será de doce (12) meses, prorrogable por hasta doce (12) meses más, reservándose la Administración el derecho de dar por rescindido el contrato en cualquier momento y sin responsabilidad.
La remuneración será de $ 4.446 (pesos uruguayos cuatro mil cuatrocientos cuarenta y seis) mensuales.

3

 Publíquese, en el Diario Oficial, en un diario de circulación nacional y
en la página WEB del Organismo.

TABARE VAZQUEZ
Ayuda