HOMOLOGACION DE CONVENIO COLECTIVO. INCORPORACION AL FONDO DE AYUDA SOCIAL DEL PERSONAL DEL CENTRO DE NAVEGACION TRANSATLANTICA Y EMPRESAS ASOCIADAS. RABIT S.A. MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY URUGUAY S.A. MONTECON S.A. RIFRULAND S.A.
VISTO: El Convenio Colectivo suscrito con fecha 30 de agosto de 2001,
entre las empresas Rabit S.A., Mediterranenan Shipping Company Uruguay
S.A., Montecon S.A. Rifruland S.A. y la totalidad de su personal.
RESULTANDO: I) Que por Resolución 201/987 de 25 de mayo de 1987 ampliada
con fecha 3 de mayo de 1989 y 20 de marzo de 1996, se homologaron por
parte del Poder Ejecutivo los Estatutos del Fondo de Ayuda Social del
personal del Centro de Navegación Transatlántica y Empresas Asociadas.
II) El artículo 21 de dicho Estatuto prevé la adhesión de empresas que no
hayan suscrito inicialmente el Convenio siempre que se suscriba entre
empresa y su personal un Convenio Colectivo y sometan el mismo a la
aprobación del Poder Ejecutivo.
III) Que según Convenio de 30 de agosto de 2001 se acordó entre las
empresas y la totalidad de sus trabajadores la adhesión al Fondo de Ayuda
Social mencionado en el apartado I precedente.
IV) Que la Asesoría Letrada de Prestaciones del Banco de Previsión
Social, entiende que corresponde la aprobación del mismo por el Poder
Ejecutivo.
CONSIDERANDO: I) Que por el artículo 41 inciso final del Decreto-Ley
14.407 de 22 de julio de 1975 y el artículo 17 del Decreto Reglamentario
7/76 de 8 de enero de 1976 establece que por superior Resolución se podrá
homologar el Convenio atendiendo aspectos de oportunidad y conveniencia.
II) Que ajustándose a las previsiones legales y reglamentaciones
corresponde homologar dicho Convenio.
ATENTO: A los fundamentos expuestos precedentemente-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
Homológase el Convenio Colectivo por el que el personal de las empresas
Rabit S.A., Mediterranenan Shipping Company Uruguay S.A., Montecon S.A.
Rifruland S.A., se incorpora al Fondo de Ayuda Social del Personal del
Centro de Navegación Transatlántica y Empresas Asociadas.