VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de 21 de enero de 2003, por la
que se revocó la autorización concedida a RIODAM S.A. para la explotación
de una zona franca en la 9ª. Sección Judicial del departamento de
Rivera.-
RESULTANDO: I) que por Resolución de 13 de abril de 1993, el Poder
Ejecutivo autorizó a RIODAM S.A. a instalar una zona franca en los
padrones 1974 y 9152, ubicados en la 9ª Sección Judicial del departamento
de Rivera, por el término de 30 años, autorización que fue ampliada a los
padrones 7167 y 9088, por Resolución de 6 de setiembre de 1994.-
II) que con fecha 17 de diciembre de 2001, con motivo del sometimiento a
la Justicia Penal de dos directores de RIODAM S.A. y de varios usuarios
de la misma, imputados de delitos estrechamente vinculados con la
actividad de la zona franca y en función de graves irregularidades en su
funcionamiento, el Poder Ejecutivo dispuso su intervención así como el
cese transitorio de la explotadora.-
III) que la intervención fue mantenida por la Resolución de fecha 21 de
enero de 2003 que revocó la autorización, hasta la designación de nuevo
explotador.-
CONSIDERANDO: que en función de la situación precedentemente descripta,
se estima conveniente efectuar un llamado a expresiones de interés de
conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 442/02, de 28 de setiembre
de 2002, para la adjudicación de los derechos de explotación de la Zona
Franca de Rivera, hasta el vencimiento de la autorización originariamente
concedida, de acuerdo con las bases que se establecen y que forman parte
de la presente Resolución.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por Ley Nº 15.921, de 17 de
diciembre de 1987 y su Decreto Reglamentario Nº 454/88, de 8 de julio de
1988, y Decreto Nº 442/02 de 28 de setiembre de 2002.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá el
llamado, el que conjuntamente con su Anexo, se considerará parte
integrante de la presente Resolución.-