TRASLADO DE PLANTA EMISORA DE RADIODIFUSION. FM CX 243 A. FRECUENCIA 96.5 MHZ. FRAY BENTOS




Promulgación: 03/12/2007
Publicación: 14/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1352
VISTO: la solicitud de la empresa Peboran S.R.L., permisionaria de CX 243
A Visión FM en la frecuencia 96.5 Mhz, de la ciudad de Fray Bentos,
Departamento de Río Negro, solicitando autorización para el traslado de la
emisora a 700 mts. de la ubicación original en la calle 18 de Julio y
Brasil, de la misma ciudad.

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo Nº 110/000 de 1º de
febrero de 2000 se autorizó a la firma Peboran S.R.L., el uso de la
frecuencia 96.5 Mhz, para operar una estación en la localidad de Fray
Bentos, Departamento de Río Negro, Canal 243, con una potencia adjudicada
de 1 Kw, altura media de antena de 75 metros y un área de cobertura de 22
kilómetros;

II) que la permisionaria fundamenta su solicitud en la caída de la torre
de transmisión por causas climáticas.

CONSIDERANDO: I) que por Resolución Nº 016/006 de 6 de febrero de 2006, la
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
autorizó a la permisionaria a instalar una antena de 36 mts. de altura de
acuerdo a las coordenadas geográficas latitud 33º06´9" S, longitud
58º18´6";

II) que la División Técnica de la URSEC informa que de acuerdo a las
coordenadas precitadas, el traslado solicitado implica traslado de estudio
y planta transmisora, manteniendo los parámetros de operación autorizados
por Resolución del Poder Ejecutivo Nº 110/000 de 1º de febrero de 2000,
por lo que no existe inconveniente en acceder a lo solicitado;

III) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería, comparte lo informado precedentemente, sugiriendo acceder a lo
solicitado.

ATENTO: a lo establecido por el art. 94 de la Ley Nº 17.296 de 21 de
febrero de 2001, art. 17 del Decreto Nº 734/978 de 20 de diciembre de
1978, Decreto Nº 155/005 del 9 de mayo de 2005, a lo informado por la
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y la Asesoría Jurídica
del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a Peboran S.R.L. el traslado de la planta de estudios y
transmisión de CX 243 A, Visión FM, que opera en la frecuencia 96.5 Mhz,
de la ciudad de Fray Bentos, Departamento de Río Negro, en la calle 18 de
Julio y Brasil, a 700 mts. de su ubicación original, en la misma ciudad,
manteniendo los parámetros de operación autorizados por Resolución del
Poder Ejecutivo Nº 110/000 de 1º de febrero de 2000.

2

 Establécese que si en la práctica la estación produjera interferencias
perjudiciales dentro del área de servicio de otras difusoras, o a otros
servicios radioeléctricos ya instalados, la permisionaria deberá cesar de
inmediato las transmisiones, reducir de inmediato su potencia, eliminar
las interferencias y solicitar la correspondiente inspección verificativa.

3

 Comuníquese, publíquese y vuelva a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones a sus efectos, cumplido archívese.

TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA
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