DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. PANIFICADORA BIMBO S.A.




Promulgación: 20/12/2007
Publicación: 04/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1498
VISTO: la solicitud de la empresa PANIFICADORA BIMBO DEL URUGUAY S.A.
referente a la producción, distribución y comercialización de pan envasado
con vida útil mayor a los 9 días y de pan rallado de alta calidad, con la
finalidad de obtener la declaratoria promocional para la actividad que se
propone realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales;

RESULTANDO: el proyecto presentado tiene como objetivo la incorporación de
equipamiento con la finalidad de ampliar la capacidad de producción y
mejorar la calidad de sus productos;

CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;

II) que el proyecto presentado por PANIFICADORA BIMBO DEL URUGUAY S.A. da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
PANIFICADORA BIMBO DEL URUGUAY S.A., referente a la producción,
distribución y comercialización de pan envasado con vida útil superior a
los 9 días y de pan rallado de alta calidad.

TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA - DANILO ASTORI
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