DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. PANIFICADORA BIMBO S.A.




Promulgación: 20/12/2007
Publicación: 04/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1498

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 Otórgase a la firma PANIFICADORA BIMBO DEL URUGUAY S.A. la exoneración
prevista en el art. 1º del Decreto Ley No. 15.548 del 17 de mayo de 1984,
con la redacción dada por el art. 419 de la Ley No. 15.903 del 10 de
noviembre de 1987, hasta un monto máximo generador de dicha exoneración de
US$ 652.615, que será aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos
entre el 1º/01/06 y el 31/12/08.
En virtud del art. 3º, del Decreto Ley No. 15.548, el financiamiento del
presente proyecto no dará lugar a beneficio de canalización del ahorro
previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9º.
La empresa PANIFICADORA BIMBO DEL URUGUAY S.A., tendrá un plazo máximo
para realizar las modificaciones estatutarias y trámites que sean
necesarios ampliando el capital autorizado y emitir las acciones
correspondientes al capital integrado, de acuerdo al inciso 1º del
presente numeral, hasta el día 31/12/09.
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