CESION DE CUOTAS SOCIALES. RADIODIFUSION. FM CLUB S.R.L.




Promulgación: 24/06/2003
Publicación: 02/07/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 1381
Referencias a toda la norma
   VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC) por la cual la empresa FM CLUB S.R.L., solicita se 
autorice la transferencia de la titularidad de la difusora que opera en 
la frecuencia FM 95.1 MHz., Canal 236 de Villa Constitución, departamento 
de Salto a favor de la empresa GRUPO VIDA S.R.L..-

   RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 45/995 de 24 
de enero de 1995, se adjudicó a los señores Daniel Hernández Rodríguez, 
Mario Enrique Ojeda Grasso y Jorge Daniel Sosa Bentancurt, el uso de la 
frecuencia mencionada.-

   II) que por la Resolución de la Dirección Nacional de Comunicaciones 
736/995 de 10 de noviembre de 1995, convalidada por la Resolución del 
Poder Ejecutivo 733/998 de 9 de setiembre de 1998, se autorizó la 
renuncia del señor Jorge Daniel Sosa Bentancurt, quedando como únicos 
integrantes de la empresa FM CLUB S.R.L. y titulares de la referida 
difusora, los señores Mario Enrique Ojeda Grasso y Daniel Hernández 
Rodríguez.-

   CONSIDERANDO: I) que los cesionarios han dado cumplimiento a lo 
dispuesto por el artículo 16 del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 
1978.-

   II) que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado.-
 
   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 
17.296 de 21 de febrero de 2001, Decretos 734/978 de 20 de diciembre de 
1978 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC) y por la Asesoría Letrada de la misma.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Autorízase a la empresa FM CLUB S.R.L., la transferencia de la 
titularidad de la difusora que opera en la frecuencia FM 95.1 MHz., Canal 
236 de Villa Constitución, departamento de Salto a favor de la empresa 
GRUPO VIDA S.R.L., cuyos integrantes son los señores Enrique Miguel Picón 
Manduca y Aldo Iván Fernández Carballeras.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC) a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU


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