APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. SISTEMA DE MONITOREO DE RADIOFRECUENCIAS




Promulgación: 27/08/1996
Publicación: 05/09/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 299
  Visto: la gestión de la Dirección Nacional de Comunicaciones por la cual
solicita se autorice la suscripción de un Acuerdo Administrativo de
Cooperación Técnica entre la Unión Internacional de Telecomunicaciones
(U.I.T.) y la citada Dirección Nacional.

  Resultando: I) que resulta necesaria una actualización tecnológica de
dicha Unidad Ejecutora a fin de dotarla de los instrumentos y capacitación
indispensables para el cumplimiento de sus cometidos de contralor,
administración y defensa del espectro radioeléctrico nacional.

II) que en el marco de este Acuerdo la U.I.T. proveerá a la Dirección
Nacional de Comunicaciones, de la asistencia en la adquisición,
instalación y puesta en funcionamiento de un Sistema de Monitoreo de
Radiofrecuencias.

  Considerando: I) que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la
Presidencia de la República no ha efectuado observaciones al Acuerdo de
referencia y que el Tribunal de Cuentas de la República ha efectuado la
intervención previa que le compete.

II) lo dispuesto en el artículo 5to. del Decreto-Ley 15.671 de fecha 8 de
noviembre de 1984.

III) que corresponde designar representante del Estado - Ministerio de
Defensa Nacional - Dirección Nacional de Comunicaciones, a los efectos de
la suscripción del Acuerdo Administrativo de Cooperación Técnica.

  Atento: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por el artículo
1º del Decreto 108/992 de fecha 16 de marzo de 1992.

                   El Presidente de la República,

                                RESUELVE:

1

   Autorízase a la Dirección Nacional de Comunicaciones a suscribir con
la Unión Internacional de Telecomunicaciones (U.I.T.), el Acuerdo
Administrativo de Cooperación Técnica, relativo a la asistencia en la
adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de un Sistema de
Monitoreo de Radiofrecuencias, en los términos que lucen en el expediente
del Ministerio de Defensa Nacional Nº 96-021437.

2

  Desígnase representante del Estado - Ministerio de Defensa Nacional -
Dirección Nacional de Comunicaciones, para la firma del Acuerdo referido
al señor Director Nacional de Comunicaciones.

3

      Comuníquese, publíquese y pase a la Asesoría Notarial del Ministerio
de Defensa Nacional y a la Dirección Nacional de Comunicaciones. Cumplido,
vuelva y archívese.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA - LUIS A. MOSCA - ALVARO RAMOS
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