El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el Art. 9º del
decreto ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de capital
social de la empresa EMPRESA URUGUAYA DE BIOTECNOLOGIA S.A. hasta un
monto en moneda nacional equivalente a U$S 288.000 y siempre que se
realicen dentro del plazo de 18 meses a partir del 1º de enero de 1989,
todo de acuerdo a lo dispuesto por el decreto 803/986 de 5 de diciembre de
1986.