VISTO: La solicitud de reconocimiento de nivel universitario de la
carrera "Odontología", formulada por la Universidad Católica del Uruguay
"Dámaso Antonio Larrañaga" (UCU);
RESULTANDO: I) Que con fecha 30 de mayo de 2001, el Consejo Consultivo de
Enseñanza Terciaria Privada emitió dictamen en el que se concluyó, que la
referida carrera cumple con los requisitos previstos en el Decreto
308/995 para ser considerada de nivel universitario con el título de
"Doctor en Odontología", adjuntando fundamento de voto negativo de los
Consejeros Dres. Jorge Ares Pons y Yamandú Sica, basados en el artículo
19 del mencionado Decreto;
II) Que con fecha 5 de junio de 2001 la Dirección de Educación,
compartiendo el dictamen del citado Consejo Consultivo, sugirió otorgar
el reconocimiento al nivel universitario de la carrera "Odontología",
dictada por la Universidad Católica del Uruguay "Dámaso Antonio
Larrañaga" (UCU) en el Area de Conocimiento 2: Salud Humana, con el Plan
de Estudios 2000 y el título a otorgar de "Doctor en Odontología".
CONSIDERANDO: Que habiéndose cumplido con los requisitos exigidos por la
normativa vigente, es pertinente acceder a lo peticionado;
ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 15.661 de 23 de octubre de
1984, Decreto Nº 308/995 de 11 de agosto de 1995 y sus modificativos, y
la Resolución del Consejo de Ministros Nº 813 de fecha 2 de setiembre de
1997;
EL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA
EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS
RESUELVE:
RECONOCESE el nivel universitario de la carrera "Odontología" dictada
por la Universidad Católica del Uruguay, "Dámaso Antonio Larrañaga" (UCU)
en el Area de Conocimiento 2: Salud Humana, Plan de Estudios 2000, y al
título a otorgar en la misma "Doctor en Odontología".
ENCOMIENDASE a la Dirección de Educación de esta Secretaría de Estado el
sellado de los originales del Plan de Estudios para la Institución y el
Ministerio de Educación y Cultura.
COMUNIQUESE a los interesados, a la Dirección de Educación y a la
Asesoría Letrada del Ministerio de Educación y Cultura, y al Consejo
Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada. Cumplido, archívese.