OBSERVACION COMO ILEGAL LA RESOLUCION N° 23 QUE CONSTA EN EL ACTA DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION N° 5.253 RELATIVO AL PAGO DE APORTES DE LOS ESCRIBANOS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la Resolución N° 23 que consta en el Acta del Directorio del Instituto Nacional de Colonización N° 5253 de 27 de mayo de 2015;
RESULTANDO: I) que por la misma se autorizó el pago a los Escribanos que presten funciones en la División Notarial y no cubran el aporte mínimo exigido por la Caja Notarial, abonándoles el saldo;
CONSIDERANDO: I) que el literal A) del artículo 43 de la Ley N° 17.437 de 20 de diciembre de 2001, establece que están obligatoriamente afiliados a la Caja Notarial de Seguridad Social los escribanos públicos que ejerzan la profesión, desempeñando efectivamente actividad notarial particular, y no son amparables los servicios consistentes en desempeñar actividades notariales como funcionarios en cualquier oficina pública estatal;
II) que los Escribanos de mencionado Organismo pueden desempeñar sus funciones, realizando tareas inherentes a su profesión, sin efectuar aportes a la referida Caja Notarial;
III) que dichos funcionarios están afiliados al Banco de Previsión Social por la actividad que realizan en el Instituto Nacional de Colonización;
III) que legalmente no corresponde que el pago de aportes a la Caja Notarial de Seguridad Social, sea asumido por el Instituto Nacional de Colonización;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
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Obsérvase por ilegal la Resolución N° 23 que consta en el Acta del Directorio del Instituto Nacional de Colonización N° 5253 de 27 de mayo de 2015.