VISTO: la solicitud de la empresa EFICE CLORO SODA S.A. tendiente a
modificar el inciso 3º. del numeral 3º. de la resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 12 de marzo de 1997;
RESULTANDO: el presente petitorio se funda en la medida judicial que
suspendió los efectos de la asamblea que aprobó la reforma estatutaria y
la integración del capital, celebrada con fecha 28 de octubre de 1997;
CONSIDERANDO: la Dirección Nacional de Industrias, del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
Art. 12o. de la Ley 16.906, del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del
28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Modifícase el inciso 3o. del numeral 3o. de la Resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 12 de marzo de 1997, por la cual se declara de interés
nacional la actividad del "proyecto de inversión de la empresa EFICE
CLORO SODA S.A., en el sentido de prorrogar el plazo allí establecido
hasta el 30/06/2000.