La explotadora deberá presentar ante el Ministerio de Economía y
Finanzas, dentro de los ocho meses a contar desde la fecha de obtención
de los permisos ambientales, el proyecto definitivo de ingeniería y
arquitectura y su memoria descriptiva.-
En dicha oportunidad podrán admitirse variaciones en los valores y
metrajes antes establecidos en función de los ajustes que puedan surgir
en la confección de dicho proyecto y las exigencias referidas en la
cláusula siguiente. El proyecto definitivo deberá contemplar los
requerimientos que formule el Area Zonas Francas de la Dirección General
de Comercio y la Dirección Nacional de Aduanas a fin de garantizar un
eficaz aislamiento del resto del territorio nacional y un adecuado
control aduanero.-