AUTORIZACION PARA LA REALIZACION DEL NEGOCIO DEFINITIVO DE DONACION DE ACCIONES DE ENORAL S.A.




Promulgación: 23/12/2020
Publicación: 04/01/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de autorización para transferir acciones de ENORAL S.A, permisaria del servicio de televisión para abonados de la ciudad de Florida, pertenecientes al Sr. Marcelo Ceruzzi Savio a favor de sus hermanas Sras. María Andrea y Silvana Ceruzzi Savio;

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 289/019 de 3 de junio de 2019, se otorgó autorización para realizar el negocio definitivo de donación de acciones de ENORAL S.A. cuyo titular es el Sr. Marcelo Ceruzzi Savio, a favor de las Sras. Silvana y María Andrea Ceruzzi Savio;

   II) que por la precitada Resolución se estableció, que conforme a lo dispuesto por el artículo 109 inciso 6 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, en el plazo de cuatro meses debía acreditarse, en forma fehaciente ante el Poder Ejecutivo la realización del negocio definitivo, so pena de caducidad de la autorización conferida;

   III) que dentro del plazo otorgado, los interesados acreditaron, en forma fehaciente, el negocio de transferencia de parte del paquete accionario perteneciente al Sr. Marcelo Ceruzzi Savio en la referida sociedad, quedando la misma integrada por Marcelo Augusto Ceruzzi Savio 37.50%, Marcelo Roberto Méndez Cabrera 37.50%, Silvana Ceruzzi Savio 12.50% y María Andrea Ceruzzi Savio 12.50% y se agregaron certificados únicos especiales de DGI y de BPS;

   CONSIDERANDO: I) que la sociedad y sus accionistas acreditaron el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

   II) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, informa favorablemente, sugiriendo autorizar la transferencia solicitada;

   III) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, en virtud de lo expuesto y en atención al informe favorable que antecede, sugiere resolver en los términos solicitados;

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por el artículo 94 de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por el artículo 147 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, el artículo 109 de la Ley N° 19.307 de Servicios de Comunicación Audiovisual de fecha 29 de diciembre de 2014, y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase el negocio definitivo de donación del 25% del paquete accionario de la sociedad "ENORAL S.A.", realizado por el Sr. Marcelo Augusto Ceruzzi Savio a favor de las Sras. Silvana y María Andrea Ceruzzi Savio, correspondiendo a cada una 12.50% de las acciones de dicha sociedad.

2

   Establécese que la empresa ENORAL S.A. quedara integrada por Marcelo Roberto Méndez Cabrera 37.50%, Marcelo Augusto Ceruzzi Savio 37.50%, Silvana Ceruzzi Savio 12.50% y María Andrea Ceruzzi Savio 12.50%.

3

   Otórgase un plazo de 30 días, a partir de la notificación de la presente Resolución, para que la parte interesada registre la transferencia de las acciones en el Libro de Registro de Acciones de la sociedad ENORAL S.A., extremo que deberá acreditar ante la Unidad Reguladora de Servicio de Comunicaciones (URSEC).

4

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos.

   LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI
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