AUTORIZACION PARA TRANSFERIR PERMISO DE RADIODIFUSION. BIKAIN SA




Promulgación: 16/08/2005
Publicación: 19/08/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 485
   VISTO: las presentes actuaciones por la que la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones, que da cuenta de la gestión promovida por el
señor José Honorio Meirelles Zabalegui, solicitando se le autorice la
transferencia de la titularidad de la frecuencia 1.270 Mhz (CV 127 AM)
RADIO CUAREIM de la ciudad de Artigas, Departamento de Artigas, a la
empresa BIKAIN S.A.

   RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 735/978 de 30
de mayo de 1978, se autorizó al gestionante a operar la radiodifusora
referida;

   II) que la empresa BIKAIN S.A. está integrada por los señores José
Honorio Meirelles Zabalegui, Dolores Isabel Cueto Juan, María Isabel
Meirelles Cueto y José Pedro Meirelles Cueto, quienes han dado
cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto 734/978 de 20
de diciembre de 1978.

   CONSIDERANDO: que habiéndose observado todos los extremos previstos 
por la normativa aplicable, no existen inconvenientes para autorizar lo
solicitado.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 
17.296 de 21 de febrero de 2001, Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, Decreto 155/005 de fecha 9 de mayo de 2005, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                  RESUELVE:

1

   Autorízase al señor José Honorio Meirelles Zabalegui, titular de la
frecuencia 1.270 Mhz (CV 127 AM) RADIO CUAREIM de la ciudad de Artigas,
Departamento de Artigas, a transferir dicha titularidad a favor de la
empresa BIKAIN S.A.

2

   Establécese que la empresa BIKAIN S.A., se encuentra integrada por el
señor José Honorio Meirelles Zabalegui, a quien le corresponden el 40 %
de las acciones de la sociedad, y por las señoras Dolores Isabel Cueto
Juan y María Isabel Meirelles Cueto y el señor José Pedro Meirelles
Cueto, a quienes le corresponden el 20 % de las acciones de la sociedad a
cada uno.

3

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido archívese.

TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA
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